sábado, 4 de agosto de 2007

LOS COMERCIANTES

Es comerciante: *El que hace del comercio su profesión habitual. (para ello tiene que tener capacidad para contratar). *Las compañías de comercio. Requisitos: *Hacer del comercio su profesión habitual: quiere decir, repetir actos de comercio en tal forma que sean su ocupación ordinaria, que aunque esta ocupación ordinaria no sea permanente , haya la disposición y posibilidad de hacerlo. Que esta repetición de actos forme un hábito. Ese hábito le imprime una condición especial , y hace que le comercio sea su único o principal medio de subsistencia. *Tener capacidad para contratar: esta capacidad está regida por el Código Civil. (artículos 1143 – 1144) Es Capaz: *Quien es mayor de edad. *El menor emancipado Es incapaz: *El menor no emancipado *El entredicho (civil, penal) *El inhabilitado (débil mental y el pródigo) Casos especiales de Ejercicio: *El menor emancipado y autorizado. *El inhábil y sus actos. *El inhábil que obra por representación. *La mujer casada.

TEMA2 LOS ACTOS DE COMERCIO

Según Alfredo Rocco: Es todo aquel en que se ejecuta un cambio indirecto, o todo acto de interpretación en el cambio, sea cual sea el objeto y forma de ese cambio. Se observan cuatro categorías de actos intrínsecamente comerciales, compra para revender y reventa sucesiva, operaciones de banca, empresa y seguros.
Clasificación de los Actos de Comercio :
§ Actos de comercio en sentido absoluto: aquellos cuya naturaleza comercial esta implícita al acto mismo.
§ Actos de Comercio en sentido relativo: *Atendiendo a la intención de las partes. *Atendiendo al sujeto que le coloca el carácter comercial (puede ser o no un comerciante). Principios que permiten calificar si un acto es o no de comercio: a.- La interposición* en el cambio de bienes o servicios. b.- La producción de bienes o servicios. c.-La circulación de bienes como consecuencia de los dos ya mencionados. d.- La especulación .

TEMA1 DERECHO MERCANTIL

Existen muchas definiciones del derecho mercantil, dados de dos puntos de vista: Unas de refieren al comercio en general. Conjunto de normas que regulan la materia comercial. (Rocco Alfredo) Conjunto de principios, preceptos y reglas que determinan y regulan las relaciones que el comercio engendra. (Blanco Constans) Otras se refieren al comerciante: La parte del Derecho Privado que concierne especialmente a las cuestiones jurídicas del comerciante. (Cosack C.) Parte del derecho privado que regula las operaciones jurídicas hechas por los comerciantes ya sea entre ellos, ya sea con sus clientes. (Ripert Georges). Estos dos puntos de vistas desde los cuales se define el Derecho Mercantil según el Dr. Tinoco, son estudiados por tres teorías, la teoría Subjetiva, la Objetiva y la Mixta. La teoría o sistema subjetivo, parte de la idea de que el Derecho Mercantil es el derecho de los comerciantes, por cuanto fueron ellos quienes elaboraron sus propios instrumentos para regular su actividad profesional. Como todas las teorías esta también tiene ciertos aspectos en contra, entre los cuales se puede mencionar que “el derecho comercial no puede considerarse solamente como el derecho de los comerciantes, porque para adquirir esta condición se requiere al mismo tiempo el ejercicio del acto que califica tal profesión, o sea, el acto de comercio”. (Ely Saúl Barboza). El sistema objetivo parte del supuesto de que el derecho comercial es el derecho de los actos de comercio, por cuanto es la ley la que califica cuáles actividades son comerciales, independientemente de las personas que la ejecutan. Al igual que la teoría subjetiva, a esta teoría se le hacen algunas observaciones. Por ejemplo, “si se considera el derecho mercantil como el derecho de los actos de comercio, tenemos que comenzar por precisar cuáles son esos actos. Y esta apreciación es un tanto difícil en la medida en que el comercio evoluciona, ya que cada vez aparecen más actos que deben tener características de comerciales...”
Características del Derecho Mercantil: según Barboza
§ La Universalidad: el derecho mercantil tiene como característica la de ser universal, por cuanto el trafico comercial es un fenómeno universal.
§ El Carácter Consuetudinario: se refiere a las costumbres de los mercaderes, que recogidas en los estatutos fueron progresivamente formando un cuerpo de leyes.
§ La Equidad: se basa en el principio de la competencia leal y honesta, por cuanto la buena fe es considerada como un elemento decisivo en las actividades comerciales.
§ La Celeridad: las operaciones comerciales generalmente están desprovistas del formulismo y de la parsimonia que caracteriza a las civiles, por ello la rapidez está implícita en su naturaleza.
§ La seguridad: se refiere a la seguridad jurídica que da el conjunto de normas que crea el derecho mercantil.
§ El Crédito: es la solvencia moral y económica, la confianza para la vida de los negocios y del comerciante que no puede subsistir sin este aspecto.
FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL
Según Ely Saúl Barboza: 1º La Ley (Co. de Co. ; Ley de mercado de capitales) 2º La Costumbre Mercantil 3º La Jurisprudencia. 4º Principios generales del derecho 5º El Derecho Civil

Relaciones del derecho Mercantil con otras ciencias:
Ciencias no jurídicas a.- La economía política: circulación de la riqueza b.- La economía comercial: organización del comercio c.- La estadística: movimiento de la riqueza d.- La técnica bancaria: movimiento y operaciones de la empresa bancaria Ciencias jurídicas a.- El derecho Civil: sin identificarse con este derecho b.- El derecho Administrativo c.- El derecho del Trabajo: colaboradores y auxiliares del comerciante d.- El derecho Penal: pena para todo aquel que cometa un delito en el ejercicio e.- El derecho Agrario: distinguir la actividad agrícola de la comercial. (Ely Saul Barboza).